Novedades

(Subvenciones) AYUDAS A ACTIVIDADES Y PROYECTOS DE EDUCACIÓN AMBIENTAL Y CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA

By 18/02/2008octubre 18th, 2017No Comments

FINALIDAD:

Conceder ayudas para el desarrollo de actividades y/o proyectos de Educación Ambiental y de Conservación de la Naturaleza referidos a fauna, flora, espacios protegidos, residuos, calidad de aguas o similares que estén directamente vinculados a los Programas de Educación Ambiental y Conservación de la Naturaleza que gestiona la la Dirección General del Medio Natural.

DESTINATARIOS:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las asociaciones que estén legalmente constituidas, gocen de personalidad jurídica propia y sean privadas sin ánimo de lucro, que pretendan desarrollar actividades y/o proyectos de educación ambiental y conservación de la naturaleza.
EQUISITOS:

– Los beneficiarios no podrán cobrar una inscripción por la participación en actividades que hayan sido subvencionadas por la Orden de convocatoria.

– Las publicaciones (libros, guías, cuadernos, exposiciones) o cualquier otro material subvencionado por esta Orden no podrá ser puesto a la venta.

– Las asociaciones que reciban algún tipo de ayuda en el marco de la presente Orden no podrán, en ningún caso, facturar a otras asociaciones que igualmente hayan resultado beneficiarias por la realización de actividades y proyectos

– Asimismo, tampoco se subvencionarán los proyectos presentados por Universidades Populares dependientes de los Ayuntamientos y los presentados por cualquier otra entidad dependiente de un organismo público.

TIPO Y CUANTÍA:

* TIPOS DE PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

A) PROYECTOS DE EDUCACIÓN AMBIENTAL:

– Proyectos de Educación Ambiental para el desarrollo sostenible.

– Proyectos dirigidos a la sensibilización pública sobre la problemática de los residuos, ahorro de energía, ahorro de agua, transporte y mejora del entorno.

 Campañas de divulgación sobre la Década de la Educación para el Desarrollo Sostenible (2005-2014).

 Cuadernos didácticos sobre medio ambiente (ecosistemas extremeños, especies protegidas o espacios naturales protegidos, calidad de aguas, residuos, …).

 Exposiciones temáticas permanentes sobre el medio ambiente en Extremadura, en especial sobre:

 Problemas de conservación de la flora y fauna amenazada.

 Impacto ambiental de las actividades humanas sobre el medio ambiente.

 Espacios Protegidos de Extremadura.

 Curiosidades de la Naturaleza en Extremadura.

 Organización de seminarios y cursos sobre Educación Ambiental.

B) PROYECTOS DE CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA:

– Proyectos orientados a la buenas prácticas en materia de caza y pesca.

– Campañas de información y sensibilización sobre los Incendios Forestales, el Cambio Climático, la Recogida Selectiva de Residuos Sólidos Urbanos, los Espacios Protegidos (qué son y para qué sirven) y sobre los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) y Planes Rectores de Uso y Gestión (PRUG).

– Campañas de divulgación sobre la Red Natura 2000 y la Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura.

– Estudios de especies protegidas incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, cuando incluyan la redacción de Planes de Recuperación, Planes de Conservación del Hábitat, Planes de Conservación o Planes de Manejo.

– Estudios que tengan como objetivo la actualización del Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura.

– Estudios o trabajos previos que incluyan la propuesta de declaración de un Espacio Natural Protegido.

– Actividades de anillamiento científico de aves o quirópteros.

– Organización de seminarios y cursos sobre medio ambiente, con los siguientes temas como prioritarios:

 Red Natura 2000.

 Espacios Protegidos.

 Actividades forestales y conservación.

 Impacto Ambiental en Espacios Protegidos.

 Diseño de medidas correctoras y medidas de conservación.

 Restauración de graveras y áreas degradadas.

– Cría en cautividad del Aguilucho Cenizo y/o Cernícalo Primilla.

– Estudio de itinerarios ecoeducativos.

– Trabajos de recopilación de información ambiental con aplicación en Sistemas de Información Geográfica.

* QUEDAN EXCLUIDAS DE LAS ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES, LAS SIGUIENTES:

– Realización de obras.

– Realización de páginas web.

– Material audiovisual e informático (ordenador, impresora, escáner, DVD, cámara digital, etc).

– Excursiones o viajes (excepto los obligatorios para realizar las actividades debidamente justificados).

– Protocolo (celebraciones de inauguración o clausura, comidas, obsequios).

– Desplazamientos, manutención, alojamiento, etc. de los participantes, excepto cuando sea necesario y esté justificado realizar las actuaciones fuera de la localidad desde la que se presenta el proyecto.

– Gestión de la propia asociación, autofacturación (por uso de vehículos, local, etc.), pago del personal de la asociación, excepto mediante contrato debidamente visado en el que se exprese que su contratación es exclusiva para el proyecto subvencionado por esta Orden de Ayudas. El inicio de este contrato debe comenzar a partir de la fecha de la Resolución de Concesión.

– Gastos de teléfono, correo, o similares que no estén debidamente justificados con facturas y concepto. En el caso de gastos de correo, además de lo mencionado, deberán presentar copia compulsada del acuse de recibo.

* VALORACIÓN ECONÓMICA DE LAS ACTIVIDADES OBJETO DE SUBVENCIÓN:

– Jornadas (incluye gastos de material y de personal):

 Divulgativas: 600 euros /día.

 Técnicas. 1.000 euros /día.

– Talleres (incluye gastos de material y de personal): 600 euros /unidad.

– Publicaciones (el presupuesto se estima en una tirada de 1.000 ejemplares):

 Edición de Cuadernos Didácticos: 1.000 euros.

 Conclusiones de las Jornadas realizadas: 1.000 euros.

 Guías o Libros: 6.000 euros.

– Exposiciones Itinerantes: 3.000 euros.

El resto de actuaciones se valorará dependiendo de la viabilidad técnica y económica del proyecto presentado.

* La subvención máxima por proyecto no superará la cantidad de 30.000 euros.

* La subvención concedida nunca podrá superar el coste de las actividades previstas por los solicitantes.

DOCUMENTACIÓN:

a) Instancia cumplimentada.

b) Proyecto o memoria de las actividades para las que se solicita la subvención, que deberá incluir los siguientes aspectos:

– Datos identificativos.

– Objetivos generales y específicos del proyecto.

– Población a la que va dirigida el proyecto o actividad y ámbito de actuación de los mismos.

– Temporalización de las actuaciones a realizar.

– Actividades o actuaciones que se pretenden desarrollar, metodología y recursos humanos y materiales a emplear.

– Resultados previstos o descripción y cuantificación de los productos (folletos, carteles, cuadernos, etc.)

– Procedimiento para la evaluación de los resultados.

– Propiedad de los materiales, productos, etc., objeto de subvención, especificando en su caso, las condiciones de uso por parte de la Dirección General del Medio Natural.

c) Presupuesto detallado de la actividad que se va a realizar, desglosado en cada una de las actuaciones:

– Gastos corrientes (teléfono, luz, correo…).

– Gastos de personal (dietas, ponencias…).

– Material.

– Otros.

d) Fotocopia compulsada de la Licencia Fiscal o CIF.

e) Certificado acreditativo de estar inscrita en el Registro de Asociaciones. Este certificado debe llevar una fecha posterior a la publicación de la presente convocatoria.

f) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad del representante legal.

g) Acreditación del representante legal que confirme su capacidad de representación en la asociación en el momento de solicitar la subvención. Deberá ir firmada por un miembro de la junta directiva de la asociación.

h) Copia compulsada de los Estatutos fundacionales de la asociación.

i) Declaración jurada del Secretario o Representante legal de la Entidad de no haber solicitado o percibido ayudas para el mismo proyecto.

j) Declaración jurada del Secretario o Representante de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiarios. Esta se formalizará según el modelo establecido en el Anexo II.

k) Modelo de Alta a Terceros sellado por la Entidad Bancaria (según la Orden de 6 de julio de 2005, por la que se regula la gestión del Subsistema de Terceros).

Este modelo será facilitado a los interesados por los Servicios Centrales de la Dirección General del Medio Natural o a través de la página web del Sistema de Información Administrativa (SIA) de la Junta de Extremadura (htpp://sia.juntaex.es). En esta página accediendo a Guía de Servicios y posteriormente a Administración Pública y Hacienda puede encontrarse el citado modelo.

Una vez cumplimentado y sellado por la Entidad Bancaria, el modelo original se enviará a la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente que se encargará de finalizar el procedimiento.

l) Certificado o copia compulsada de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura que acredite que la entidad o asociación solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias.

m) Certificado o opia compulsada de la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que la asociación o entidad solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social a efectos de percepción de subvenciones públicas.

n) Certificado o copia compulsada de la Delegación /Administración de la Agencia Tributaria que acredite que la entidad o asociación solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias a efectos de la percepción de subvenciones públicas.

* Los certificados de la Administración que se especifican en los apartados l), m), n) del punto 1 de este artículo, podrán ser solicitados por el órgano gestor, previa autorización del interesado a la Dirección General del Medio Natural, haciéndola constar en el apartado que se especifica en el modelo de solicitud.

PLAZO DE PRESENTACIÓN:

Año 2008: Hasta el 6 de marzo, inclusive.

ÓRGANO GESTOR:

Dirección General del Medio Natural

RESOLUCIÓN:

– Será competente para la Resolución el Ilmo. Sr. Director General del Medio Natural previo informe de la Comisión de valoración. La resolución que se dicte pondrá fin a la vía administrativa.

– El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar la resolución será de seis meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

– La concesión de la subvención se hará pública en el DOE y se expondrá en el tablón de anuncios de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, independientemente de la notificación a los peticionarios sobre la concesión.

– Transcurrido el plazo máximo previsto sin que recaiga resolución afirmativa expresa, significará la denegación de la petición de la subvención.

NORMATIVA Y OTROS DOCUMENTOS:

Decreto 4/2006 (D.O.E. 7, de 17-01-06)

ORDEN de 11-02-08 (D.O.E. 33, de 18-02-08)

Modelo de Solicitud y Anexo II

Fuente: http://sia.juntaex.es
18-02-2008

Dejar una respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.